En el día de ayer, 20/11/2023, la DGI publicó la Resolución 2.389/023 en la que se establecen varios cambios respecto al ingreso al sistema de facturación electrónica con el objetivo de universalizar el ingreso al régimen y continuar modernizando y simplificando el sistema de documentación. Resumimos a continuación las modificaciones planteadas:
- Ingreso preceptivo: Para los contribuyentes de IVA, incluso IVA mínimo, inscriptos al 31/07/2023 deberán adquirir la calidad de emisores electrónicos antes del 01/05/2024.
- Para quienes presten exclusivamente servicios personales fuera de relación de dependencia, el límite pasa a ser hasta el 01/01/2024.
- Para los inscriptos entre el 01/08/2023 y el 30/04/2024, el límite también será del 01/05/2024.
- Excepciones: No están comprendidos en dicha resolución los siguientes contribuyentes:
- Contribuyentes que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan en el ejercicio ingresos inferiores a 4.000.000 UI
- Quienes realicen agregaciones de valor sobre bienes inmuebles (lit. D art. 2 T10)
- Los contribuyentes de IRNR
- Los contribuyentes exonerados por los tributos administrados por DGI (excepto ZF)
- Los contribuyentes del Monotributo, del Monotributo social MIDES y del aporte social único del PPL.